Hazte amigo/a

Uno de los aspectos de mayor relevancia en la aplicación de la Directiva Marco del Agua (DMA) en relación con la conservación de la biodiversidad fluvial se refiere al principio de No Deterioro. Este principio abarca tanto la obligación de recuperar el buen estado en las masas afectadas por el deterioro como los requisitos necesarios para que, en casos excepcionales, determinadas actuaciones que supongan un deterioro de las aguas no supongan un incumplimiento de la DMA, requisitos que se especifican en su artículo 4.7.

Para que sea aplicable esta exención es necesario que se haya aprobado un Plan hidrológico de cuenca salvo determinados casos excepcionales y que se dé alguno de los presupuestos de hecho o hipótesis de las que parte la norma: i) nuevas modificaciones de las características físicas de una masa de agua superficial, a alteraciones del nivel de las masas de agua subterránea o ii) nuevas actividades humanas de desarrollo sostenible. En cualquiera de los casos, la ejecución de estas nuevas actuaciones causará un deterioro del estado de una masa de agua o impedirá el logro del su buen estado.

Esta proyecto de investigación presenta un análisis jurídico de la protección de las aguas frente al deterioro y de la aplicación del artículo 4.7 de la DMA, incluyendo el concepto de buen estado, el concepto de deterioro, así como el de su prevención y restauración y la exención de nuevas exenciones que causan deterioro, en términos de aplicabilidad del artículo 4.7, alternativas, beneficios, planificación, medidas, alcance, coherencia y no regresión. Se presenta a continuación un análisis de los aspectos económicos, considerando el papel de los costes en la planificación hidrológica, la estimación y repercusión de los costes, los conceptos de costes financieros, ambientales y del recurso, los costes y beneficios en la aplicación del artículo 4.7 y el concepto de costes desproporcionados,

Sigue un análisis de los costes ecosistémicos y en las masas superficiales, que presenta los conceptos de estado ecológico y potencial ecológico, los indicadores que se utilizan para su evaluación y los criterios para la aplicación del artículo 4.7 a las masas superficiales, incluyendo las modificaciones físicas a las masas y el deterioro de su estado. A continuación, se analiza el caso de las masas subterráneas, donde se abordan los criterios para la determinación de deterioro en masas subterráneas, la evaluación del estado químico y el estado cuantitativo, los aspectos ecológicos ligados a las aguas subterráneas y los criterios para la aplicación del artículo 4.7 a las aguas subterráneas.

Finalmente se avanza hacia una guía divulgativa para la aplicación del artículo 4.7 a través de la discusión de cuatro casos aplicados reales: el dragado del río Wesser (Alemania), el embalse de Biscarrués, la mina Las Cruces y la regulación adicional de la cuenca del Carrión.

La memoria completa del proyecto está disponible aquí

Este proyecto de investigación está cofinanciado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través de la convocatoria 2022 de subvenciones a ONG que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en materia de investigación científica y técnica de carácter medioambiental.

 

Este sitio utiliza cookies de terceros para medir y mejorar su experiencia.
Tu decides si las aceptas o rechazas:
Más información sobre Cookies