El discurso común de la comunidad de derechos humanos sostiene que los derechos humanos son neutrales en cuanto al tipo de proveedores y prestación de servicios de agua y saneamiento. El presente informe se opone a ese argumento. En él, el Relator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, Sr. Léo Heller, parte de la premisa de que existen riesgos específicos para el disfrute de los derechos humanos al agua y al saneamiento en los casos de privatización, y que es necesario y pertinente analizar las dimensiones jurídicas, teóricas y empíricas de esos riesgos. El Relator Especial los examina basándose en una combinación de tres factores relacionados con el suministro privado de agua y saneamiento: la maximización de los beneficios, el monopolio natural de los servicios y los desequilibrios de poder. Mediante este marco analítico, identifica diferentes riesgos, entre ellos, la no utilización del máximo de recursos disponibles, el deterioro de los servicios, el acceso inasequible, la inobservancia de la sostenibilidad, la falta de rendición de cuentas y la desigualdad. También ofrece recomendaciones a los Estados y otros agentes para abordar y mitigar los riesgos identificados.

El informe se centra en la regulación de los servicios y su papel en la efectividad progresiva del derecho humano al agua y el saneamiento. El Relator Especial comienza el informe exponiendo las obligaciones de derechos humanos de los Estados, las instancias reguladoras y los proveedores de servicios en el contexto de la regulación. Ofrece un panorama general del papel de la regulación de los servicios de agua y saneamiento, identifica los diferentes tipos de marcos regulatorios y examina la forma en que se relacionan con las normas de derechos humanos. El Relator Especial también examina las funciones esenciales de las instancias reguladoras. Por último, presenta recomendaciones a los Estados y a las instancias reguladoras respecto de esas cuestiones.

 

Esta Guía es resultado de un proyecto realizado por ECOTONO, fruto de 15 meses de trabajo grupal en el que han participado 19 personas expertas en la materia pertenecientes a 12 organizaciones distintas, involucradas en la defensa de estos ecosistemas y del DH al Agua. Su objetivo principal es ofrecer, con un lenguaje lo más sencillo posible, algunas de las claves y acciones que nos ayuden a realizar y mejorar acciones de incidencia para la defensa y conservación de los ecosistemas acuáticos y del DH al Agua y Saneamiento. Se ha realizado siguiendo un proceso participativo.

La FNCA ha participado elaborando el capítulo titulado "Hacia la imprescindible transición hídrica".

 

El paradigma de la Transición Hídrica Justa demanda pasos encaminados hacia un reparto social del agua que favorezca el balance entre disponibilidad y usos del agua poniendo en el centro la salud de nuestros ecosistemas acuáticos con un enfoque de justicia social. 

Este documento está elaborado desde la perspectiva jurídica y persigue el propósito de dar un primer paso para establecer las bases del reparto del agua necesario para alcanzar esta transición hídrica. 

 

Informe del Relator Especial de Naciones Unidas por el Derecho Humano al Agua y al Saneamiento, Pedro Arrojo, presentado en octubre de 2021.

 

Informe presentado a la 76ª Asamblea General de la ONU por el Relator Especial sobre el derecho humano al agua y al saneamiento, Pedro Arrojo Agudo.

 

Para el Relator Especial, llevar agua potable a los 2.000 millones de personas que no tienen garantizado el acceso a ella, la mayoría de ellas gravemente empobrecidas, solo es posible si se avanza en el restablecimiento del buen estado de los ecosistemas acuáticos que los abastecen de agua.

El presente informe se centra en los problemas de contaminación, sobreexplotación y mala gestión de ríos, lagos, humedales y acuíferos, y sus efectos en los derechos humanos al agua potable y al saneamiento. En particular, muestra cómo la contaminación tóxica del agua por metales pesados y otros contaminantes quebranta no solo el derecho al agua, sino también los derechos a la salud y a la vida de millones de personas.

Dada la magnitud del daño, el Relator Especial sugiere iniciar un debate en la comunidad internacional con vistas a incluir estas acciones en la lista de crímenes de lesa humanidad para que los autores rindan cuentas de sus actos.

El Relator Especial afirma que los derechos humanos al agua potable y al saneamiento y el derecho humano a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible van de la mano de la promoción de estrategias de adaptación al cambio climático para hacer frente a los crecientes riesgos de sequía e inundaciones que este provoca.

 

El 8 de junio el Presidente de la Comisión de Medio Ambiento, Agua y Ordenación del Territorio, Juan Ignacio Ponce Guardiola, cursó una invitación a diferentes profesionales, entidades y asociaciones para […] presentar aportaciones y propuestas, en el ámbito del medio ambiente, el agua y la ordenación del territorio. En respuesta a dicha invitación se redactó el texto cuya traducción al castellano se reproduce a continuación. Se ha decidido mantener el original sin modificaciones, con la única salvedad de un par de observaciones a pie de página que remiten a eventos relevantes, posteriores a la remisión del documento a las Corts en junio de 2020, como la presentación del informe del Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, acerca de Los derechos humanos yla privatización de los servicios de agua y saneamiento, en julio de 2020, o la aprobación de la Directiva (UE) 2020/2184 relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano en diciembre de 2020.

 

Este es el informe resultado del proyecto "La protección de las fuentes del abastecimiento doméstico de agua en España. Una revisión crítica en el contexto de la nueva Directiva de Agua Potable: éxitos, fallos, lecciones aprendidas y propuestas"  llevado a cabo en 2021-2022 y cofinanciado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través de la convocatoria 2021 de subvenciones a ONG que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en materia de investigación científica y técnica de carácter medioambiental.

 

 
 
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